miércoles. 27.11.2024

En el procedimiento arbitral seguido en el seno de la ACT frente a la apelación presentada contra la decisión del juez de disciplina de la asociación de 15 de mayo de 2011 en la que se decidía incoar expediente sancionador a la entidad Urdaibai AE se ha celebrado el día 13 de julio de 2011 un acto de audiencia. En tal acto de audiencia, a instancia del árbitro, las partes en el procedimiento han acordado y aceptado fijar un momento exacto en el cual la suspensión del procedimiento disciplinario será alzada para proceder a la continuación de la tramitación del expediente deportivo-asociativo en el seno de la ACT.


En concreto, se ha fijado tal momento en el que procede la finalización de la suspensión decretada por el juez de disciplina de la ACT en su resolución de 15 de mayo de 2011 en el momento en el que se dé por concluida la instrucción del procedimiento en sede penal seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Gernika - Bizkaia. Finaliza tal instrucción, y con independencia de lo que sea establecido en el auto judicial que dé por concluidas las diligencias previas, se procedería a proseguir con la tramitación del expediente disciplinario frente a la entidad expedientada.

En ningún caso, la finalización del procedimiento judicial de diligencias previas será realizada con carácter previo al día 30 de septiembre de 2011 dado que, no en vano, en este momento hay fijados nuevos señalamientos para la toma de declaración de nuevos/as imputados/as y práctica de testificales para los próximos días 21 y 28 de septiembre de 2011 en el citado juzgado.

REMO / Nueva nota de prensa de la Asociación de Clubes de Traineras (ACT)