miércoles. 01.01.2025

Sr. Muguruza:

No es cierto que la normativa obilga al constructor en paliar al maximo los inconvenientes que pueda causar tanto a la ciudadania como a la via publica? pues desde que esta en marcha la construcción frente al bar Elosegui de Sámano, la via publica esta cada día más cubierta de tierra, en todo este tiempo no he presenciado a la empresa en cuestión, regar, limpiar la suciedad de las continuas entradas y salidas de camiones, cuando la carretera quede totalmente cubierta, quien financiara su limpieza?

Un saludo,
catalan

Estimado Vecino:

En contestación a su pregunta le remito al Capitulo III Artículo 13-2 de la Ordenanza de Limpieza que dice: "En última instancia, la empresa se responsabilizará de la limpieza de los residuos provocados por la obra, derribo o transporte que se depositen en la vía pública" . Si como dice, ha observado que se infringe esta ordenanza, colabore con nosotros y llame o ponga una denuncia en la Policía Local (942 86 12 94)para que el Ayuntamiento a través de la Concejalía de Medio Ambiente pueda abrir expediente y sancionar a la empresa y lo que es más importante, para que la empresa tome medidas y la situación no se repita.

Un saludo,
Fernando Muguruza

PD : Le adjunto el Artículo 13 íntegro.

CAPITULO III

SUCIEDAD PRODUCIDA COMO CONSECUENCIA DE OBRAS O DEL TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS DE ELLAS PROVINIENTES.


Artículo 13

1.- Las personas o empresas que realicen obras, trabajos o reparaciones en la vía pública están obligadas a proteger el espacio de trabajo y vertido mediante los elementos adecuados tales como vallas, toldos, tubos de carga y descarga, etc., de tal manera que eviten el impacto a personas ajenas e impida la expansión de los vertidos fuera de la zona afectada por esos trabajos, señalizando la zona adecuadamente y tomando las medidas de seguridad necesarias.

El Ayuntamiento tomará cuenta e informará de las irregularidades o infracciones que puedan cometerse en obras de construcción o trabajos en la vía pública y que sean competencia de otras Administraciones.

2.- Los vehículos de transporte de obras que produzcan suciedad por transporte de materiales o residuos de obras o derribos, deberán acondicionar su sistema de transporte para evitar en la mayor medida posible vertidos a la vía pública, y en cualquier caso, deberán limpiar las ruedas antes de afectar a la vía pública. En última instancia, la empresa se responsabilizará de la limpieza de los residuos provocados por la obra, derribo o transporte que se depositen en la vía pública.

3.- Una vez finalizadas las operaciones de carga, descarga, salida o entrada a obras, almacenes, etc., de cualquier vehículo que pueda ensuciar la vía pública, la empresa o el personal responsable de dichas operaciones, y subsidiariamente los establecimientos u obras donde se hayan efectuado dichas operaciones, y en último término el propietario o el conductor del vehículo, procederán a la limpieza y retirada de los vertidos de la vía pública.

4.- Las inmediaciones de las zonas de trabajo en zanjas, canalizaciones y pavimentaciones de la vía pública deberán mantenerse siempre limpias y exentas de materiales de obra y de residuos. Los materiales de obra como ladrillos, revestimientos, cemento o arena que deban permanecer en la vía pública durante algunos días por razones de trabajo, deberán estar protegidos de tal manera que no entorpezcan a los viandantes y se eviten riesgos de expansión.

5.- Las obras municipales realizadas por el propio Servicio Municipal de Obras o por empresa contratada por el Ayuntamiento, darán cuenta de manera ejemplar de lo establecido en los puntos 1, 2, 3 y 4 de este Artículo.

Sobre suciedades por obra en la carretera de Sámano