jueves. 21.11.2024

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado la demanda realizada contra el Ayuntamiento de Castro Urdiales por la empresa funeraria que solicitó en marzo de 2016 licencia para desarrollar una actividad de tanatorio con servicio de cremación en el Polígono de Vallegón.

El Ayuntamiento denegó la licencia en julio de 2016, al entender que ese servicio no era equiparable a una actividad industrial sino a un servicio público de Cementerio y que así debía estar calificado el suelo de implantación.

Además el Ayuntamiento argumentaba que no se cumplía con las exigencias de Sanidad de distancia mínima a suelo residencial y a otras actividades.

La empresa recurrió la denegación ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, cuyo tribunal nº 2 sentenció el pasado mes de junio que el Ayuntamiento había obrado correctamente, recurriendo la funeraria esta sentencia ante el TSJ. Ahora se pronuncia el tribunal superior, ratificando la sentencia anterior y condenando en costas a la demandante, y legitimando por tanto la actuación del Ayuntamiento.

El TSJC respalda la denegación del Ayuntamiento de Castro Urdiales a dar licencia a un...