El TSJC rebaja la cifra estipulada por el Ayuntamiento cuyo convenio con la empresa considera vigente.
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha admitido parcialmente un recurso presentado por Eroski y ha rebajado de 2.574.507 euros a 898.574,42 euros, la valoración del 10 por ciento de aprovechamiento urbanístico fijada por el Ayuntamiento de Castro Urdiales por el proyecto de instalación de un centro comercial y una gasolinera en el municipio, en suelo urbano no consolidado.
La sentencia, que revoca así en parte la dictada en octubre de 2006 por el Juzgado de lo contenciosoadministrativo número 3 de Santander, considera “desproporcionada” la valoración realizada por el Consistorio, y se apoya, para fijar la cuantía económica de dicho aprovechamiento, en el informe del perito judicial que se acerca a las cifras manejadas por el primitivo arquitecto municipal, en un informe de diciembre de 2003. De este modo, la sala anula también el apremio abierto a la empresa por el Ayuntamiento como consecuencia de no haber procedido al pago voluntario de la cantidad inicialmente girada.
Por contra, el TSJC desestima la pretensión de Eroski de denunciar el convenio suscrito el 27 de abril de 2001 con el Ayuntamiento castreño, y que considera vigente, al señalar que éste último cumplió con las obligaciones asumidas en el mismo, y permitió incluso la “extraña división” en dos fases del proyecto de instalación del centro comercial, “con la consiguiente demora de presentar el proyecto de urbanización y el estudio de detalle a la segunda”. Recuerda al respecto que el Consistorio de Castro Urdiales cumplió con su obligación “principal” de modificar el PGOU para permitir la instalación del centro comercial y concedió las licencias para la primera fase y la gasolinera, estando en tramitación la correspondiente a la segunda fase.
Extraído de: elalerta.com