Mediante Resolución del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de
fecha 12 de enero de 2006, se incoó expediente para la delimitación del
entorno de protección de los Bienes de Interés Cultural declarados
cueva del Cuco y cueva Aurelia o Urdiales, en el término municipal de
Castro Urdiales.
Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Vistas las alegaciones presentadas a lo largo de la tramitación del
expediente, se significa que, a partir de la aprobación de este
acuerdo, resultará de aplicación definitiva el régimen de protección
previsto en la Ley 11/1.998 de Patrimonio Cultural de Cantabria y, por
ello, toda actuación que pretenda desarrollarse en el entorno afectado
habrá de someterse a lo dispuesto en los artículos 50 y siguientes de
la citada ley.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la
delimitación del entorno de protección de los bienes mencionados y, a
tal efecto, propone al Consejo de Gobierno de Cantabria la delimitación
de dichos bienes, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los
trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.
En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre,
del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica
11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de
13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del
Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del
Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 23 de noviembre
de 2006, resuelve:
Primero.-Proceder a la delimitación del entorno de protección de
los Bienes de Interés Cultural declarados cueva del Cuco y cueva
Aurelia o Urdiales, en el término municipal de Castro Urdiales. En el
anexo del presente acuerdo se detallan la delimitación del entorno de
protección y la justificación del mismo.
Segundo.-Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a:
Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, interesados y ayuntamiento afectado.
Santander, 23 de noviembre de 2006.-El Secretario del Consejo de Gobierno, José Vicente Mediavilla Cabo
ANEXO
Delimitación del entorno de protección
La cueva del Cuco se abre en el lateral oeste de un farallón rocoso
que forma un amplio abrigo orientado al sur, en el barrio de Urdiales,
próximo al Alto de San Andrés, en Castro Urdiales.
La cueva Aurelia o Urdiales se localiza en la ladera sureste de
Alto de San Andrés. La boca esta orientada al sur y sus coordenadas son
481.555/4.804.366 y 25 m de altitud sobre el nivel del mar.
El entorno de protección abarca la parte más destacada del paraje
denominado alto de San Andrés. La delimitación parte al oeste de la
carretera N-634, y aproximadamente a 60 m al sur de la rotonda. Los
límites siguen por el alto del Revanal sobre la cueva del Cuco. El
rumbo varía hacia el este-sureste hasta el camino vecinal que discurre
entre las urbanizaciones en el barrio de Urdiales, al noroeste de la
Villa Aurelia. Siguiendo este camino hacia el oeste, bordea la finca de
la Peña del Cuco y cruza al otro lado de la N-634, hasta enlazar en la
coordenada de partida.
Las coordenadas son:
1. 481.350/4.804.440;25 m.
2. 481.540/4.804.500;45 m.
3. 481.620/4.804.370;35 m.
4. 481.730/4.804.520;25 m.
5. 481.660/4.804.470;20 m.
6. 481.650/4.804.410;20 m.
7. 481.610/4.804.330;20 m.
8. 481.510/4.804.320;16 m.
9. 481.450/4.804.340;20 m.
10. 481.400/4.804.360;28 m.
Justificación del entorno de protección
Dada la proximidad física de ambos yacimientos arqueológicos, su
localización en el mismo cueto y los trazados y dimensiones de ambas
cavidades, esta delimitación establece una banda de protección que
pretende evitar perjuicios para el equilibrio medioambiental de ambas
cavidades.
Extraído de: derecho.com