Salvo Castrodigital, la Asociación Ciudadana Otro Castro Es Posible, y
varios ciudadanos que expresaron su opinión en uno de los foros de
Muchocastro.com, nadie, ni en Castro Urdiales ni en Cantabria, ha
movido un dedo para salvar de la demolición el edificio nº 26 de la
calle de la Ronda. Así se demuestra el amor que en este municipio se
tiene por el patrimonio histórico: en pocos días habrá desaparecido de
nuestra vista este edificio, y en poco tiempo más quedará borrado de
nuestra memoria.
Sin embargo, este edificio tendrá un lugar en la bibliografía local.
Resulta paradójico que en la Guía de Arquitectura Urbana de Castro
Urdiales, publicada al auspicio de la 1ª Bienal de Arquitectura
Leonardo Rucabado y Eladio Laredo, en la página 32, se reproduzca una
foto de este edificio, para señalar justamente la importancia de la
arquitectura ecléctica de la segunda mitad del siglo XIX, en el que
justamente la calle de la Ronda, y en especial este edificio, es
muestra del eclecticismo burgués más culto y elaborado. Así lo
reconocieron los redactores del Plan General aprobado en junio de 1997
que le incluyeron en la ficha A-30 del Catálogo de Protección de
Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico, y sobre el que, de acuerdo
con las normas urbanísticas del Plan General, “sólo podían admitirse
obras de restauración y consolidación”.
Ahora va a ser demolido
con la autorización del Ayuntamiento, y en su lugar se construirá un
edificio de ocho plantas. Se preguntarán ustedes ¿cómo es posible que
un edificio tan reseñado y tan protegido sea objeto de tan triste
destino? Enseguida lo entenderán.
No voy a detenerme ahora en la
defensa de los valores patrimoniales e históricos de este edificio, no
toca, ya es demasiado tarde. Pero si voy a explicar lo que a mi me ha
parecido uno de los disparates jurídicos más osados que se han
producido en los últimos años, y fíjense que se han producido muchos.
Que
a mi me conste tan solo ha habido dos edificios descatalogados desde
que se aprobó el Plan General, es decir, desde hace diez años, éste de
La Ronda y el Edificio París. En este último caso, se procedió mediante
una modificación puntual, con las garantías que ofrece ese
procedimiento, incluida la información pública y demás; y el objeto no
era la demolición sino la introducción de modificaciones en la cubierta
y la inclusión de una planta más, actuaciones que si bien pueden ser
discutibles, al menos nos han dejado un edificio con una fisonomía que
recuerda al Edificio París. Sin embargo, en el caso que nos ocupa, para
demoler el edificio de la Ronda y sustituirlo por un nuevo edificio de
ocho plantas, ha bastado con un escrito de uno de sus antiguos
propietarios, y la vergonzosa aquiescencia de algunos técnicos y
políticos.
En septiembre de 1.997, bastante después de haber
finalizado el plazo para reclamar, una de las copropietarias del
edificio presentó un escrito, sin fundamentación en derecho, es decir,
una chapuza de escrito que alguien se tomó la frivolidad de calificarlo
como recurso ordinario y en el que se solicitaba la descatalogación del
edificio nº 26 de la calle de la Ronda. A nadie se le ocurrió pensar
que el escrito en cuestión nada podía reclamar pues había sido
presentado fuera de los plazos legales para ello. Sin embargo, el
asunto debía llevar buenas apoyaturas pues, aunque parezca increíble,
el Consejo de Gobierno de Cantabria de 14 de mayo de 1.998 acordó
estimar el denominado “recurso” justificando tal medida en que el
Ayuntamiento había mostrado su conformidad con la petición formulada.
Obviamente,
y como suele suceder en materia de urbanismo, los ciudadanos castreños
no nos enteramos de que se ha producido esta descatalogación hasta que
el cartel de la obra de CONILSA S. L. nos anuncia la inminente
construcción de viviendas y locales. Castro Digital se hizo eco de la
demolición en febrero de 2006. Desde entonces la Asociación Ciudadana
Otro Castro Es Posible interpuso escritos al Ayuntamiento (el 20 de
marzo y el 12 de abril de 2006), a la Comisión Regional de Urbanismo y
Ordenación del Territorio y a la Consejería de Cultura (el 20 de marzo
de 2006), y al Consejo de Gobierno de Cantabria (el 11 de abril de
2006), al que se instaba a la revisión de esta descatalogación por
considerarlo un acto nulo de pleno derecho. A diferencia de lo sucedido
con los propietarios, ninguno de estos escritos fue contestado por las
administraciones señaladas, dando muestra , una vez más, de que algunas
administraciones están mucho más cerca de los grupos que defienden
intereses privados que de los colectivos que defendemos intereses
públicos.
Naturalmente antes de solicitar la nulidad, la
Asociación Ciudadana Otro Castro Es Posible quiso saber sobre qué
fundamentos se apoyó el Ayuntamiento para justificar algo tan
sorprendente como una descatalogación de un edificio protegido por su
propio Plan General, o dicho de otra manera, ¿qué serios argumentos
históricos y arquitectónicos justificaban que tan solo unos meses
después de proteger un edificio se enmendara tal decisión para permitir
que fuera demolido?
¿Argumentos? Ninguno. Nada de nada. No
existe ningún expediente, ni documentación sobre esta cuestión en el
Ayuntamiento, y la que hay en la Comisión Regional de Urbanismo, no
contiene ni informe, ni resolución de Pleno, ni de Comisión de
Gobierno, ni siquiera el asunto fue tratado en Comisión Informativa.
Llegó a correr el bulo incluso de que el edificio se descatalogada
porque una sentencia judicial ganada por los propietarios así lo
resolvía. Falso. Nada de eso. Ni informes técnicos, ni jurídicos, ni
leches. El edificio se ha descatalogado simplemente por la cara. Cuando
el Consejo de Gobierno de Cantabria dice en su acuerdo, que “el
Ayuntamiento mostró su conformidad”, no es cierto. Se ha consumado una
descatalogación de un edificio protegido sin informes, ni resolución de
órganos de gobierno, ni información pública, con un escrito
extemporáneo, hecho por alguien sin legitimación… en fin, un disparate.
Para colmar aún más las irregularidades que contiene este asunto diré
que la nueva ordenación que se proyecta en lugar del viejo edificio de
La Ronda se ha aprobado mediante un proyecto de compensación y de
urbanización que plantea además de la demolición, la construcción de un
nuevo edificio, el cambio de alineaciones de la calle, la eliminación
de una calle peatonal y de espacios de libres, usos todos ellos
aprobados por el Plan General. Creo que se ha vulnerado gravemente la
Ley del Suelo de Cantabria que obliga en estas condiciones en las que
se produce un cambio en la calificación de los usos del suelo y de la
volumetría edificatoria, hasta el punto de cambiar radicalmente toda
una manzana del centro de la ciudad, a que se tramite mediante una
Modificación del Plan General (art. 83 de la ley 2/2001 del Suelo de
Cantabria).
¿Fundamentos para descatalogar este edificio? Los
que explican que diez años después de que empezara a maquinarse este
asunto, se demuela un valioso edificio que estorbaba para consolidar
una suculenta operación inmobiliaria en el centro de la ciudad.
Ni
la triste historia de desvaríos contra el patrimonio arquitéctónico de
Castro; ni la protección que ofrece un instrumento como el Catálogo del
Plan General; ni mucho menos, la vacía retórica de una bienal dedicada
a ensalzar la arquitectura local; ni por supuesto, las molestias que
nos hemos tomado muy pocos castreños… han servido para salvar de la
demolición un edificio protegido de la calle de la Ronda.
Y no
lo olviden, si quieren deleitarse con la buena arquitectura local,
tiene el edificio de la calle de la Ronda nº 26 en la página 32 de la
Guía de la Arquitectura Urbana de Castro Urdiales.
Juantxu Bazán
Extraído de: www.otrocastro.com