La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Cantabria ha confirmado en su integridad la sentencia por
la que el Juzgado Número 1 de lo Contencioso Administrativo de
Santander declaraba nulo, por no ajustarse a derecho, el convenio
municipal de 2005 con Cruz Roja para gestionar el servicio de
ambulancia medicalizada a las playas. La Sala rechaza, también, el
acuerdo municipal de junio de 2004 que dio validez a la «adjudicación
directa del servicio», según la sentencia.
Hay que recordar que tras la decisión del tripartito municipal (PP, PRC
e IU) de adjudicar a la Cruz Roja la gestión de ambulancia medicalizada
a los arenales castreños, la Asociación de Ayuda en Carretera, DYA, de
Castro Urdiales, anunció su intención de llevar a los tribunales este
acuerdo de la junta local de 2004 por no haber existido, según
apuntaron, entonces, «un concurso para adjudicar la asistencia
ambulancia médica». La denuncia pública de la DYA castreña abrió una
brecha entre los responsables municipales y el consistorio que, aún, no
se ha llegado a cerrar.
La Sala de lo Contencioso
Administrativo del TSJC señala en su sentencia que «sorprende el
recurso del Ayuntamiento, que esgrime que no era necesario notificar el
acuerdo con Cruz Roja a la DYA en cuanto a que esta última entidad no
estaba interesada en la concesión del servicio». El juez subraya en los
fundamentos de derecho que no ha existido un procedimiento abierto y
público para la adjudicación de este servicio, «lo que legitima a
impugnar el acuerdo a cualquier persona o entidad que pudiera haber
tenido interés en el contrato y a la que, anticipadamente, se privó de
participar en el mismo»
Extraído de: eldiariomontanes.es